Admisiones
En esta sección proveemos información relacionada al proceso de admisión, también puedes descargar los documentos necesarios y los requisitos del mismo para entrar a UNITEC, Universal Technology College of Puerto Rico.
Política y Procedimiento de Admisión
VALIDEZ DE LA ADMISIÓN
Los estudiantes podrán solicitar admisión a los programas que estén vigentes al momento de su solicitud. La Institución se reserva el derecho de cancelar el ofrecimiento de un programa por matrícula insuficiente. La admisión a la Institución será válida por un período no mayor de un año calendario a partir de la fecha en que se concede. Si el estudiante no se matricula dentro del plazo señalado, deberá radicar nuevamente la solicitud de admisión con todos los documentos requeridos.
Todos los documentos presentados y sometidos para admisión pasarán a ser propiedad de la Institución y no se devolverán al estudiante.
- Nuevo Ingreso
- Traslado - PR
- Traslado - US
- Homeschooling
- Personas con Limitaciones
- Re-admisión
- Reingreso
- Estudiante Transitorio
- Admisión condicionada
- Estudiante Oyente
NORMAS APLICABLES A PROGRAMAS DE CERTIFICADO Y SUBGRADUADOS
Se considera solicitante de nuevo ingreso aquella persona que interese cursar estudios postsecundarios por primera vez.
Requisitos:
- Haberse graduado de escuela superior o estudios equivalentes.
- Presentar prueba documental de haber completado estudios secundarios; (diploma de escuela superior, transcripción oficial ó resultados de examen de equivalencia “GED”).
- Tener una entrevista con el personal de la Oficina de Orientación y Trabajo Psicosocial y/o el Director académico (aplica solo al programa de Bachillerato en Ciencias de Enfermería).
- Radicar en la Oficina de Admisiones el formulario de solicitud de ingreso debidamente cumplimentado.
- Certificado original de Inmunización P-VAC-3 (estudiantes menores de 21 años).
- Cumplir con el índice de admisión y cualquier otro requerimiento del programa de estudio y/o departamento académico solicitado.
- Efectuar el pago correspondiente por concepto de cuota de admisión.
SOLICITANTES PROVENIENTES DE INSTITUCIONES POSTSECUNDARIAS DE PUERTO RICO
NORMAS APLICABLES A PROGRAMAS DE CERTIFICADO Y SUBGRADUADOS
Se considera solicitante de transferencia el candidato que ha cursado estudios postsecundarios en una institución educativa debidamente autorizado por el Consejo de Educación de Puerto Rico. El solicitante deberá haber intentado y aprobado un mínimo de 12 créditos en la institución postsecundaria de transferencia. De no cumplir con este mínimo deberá de cumplir con las normas y requisitos de estudiante de nuevo ingreso.
Requisitos:
- Haberse graduado de escuela superior o estudios equivalentes.
- Presentar prueba documental de haber completado estudios secundarios; (diploma de escuela superior, transcripción oficial o resultados de examen de equivalencia “GED”).
- Haber cursado estudios en una institución postsecundaria debidamente autorizada por el Consejo de Educación de Puerto Rico y por el Departamento de Educación de los Estados Unidos.
- Tener una entrevista con el personal de la Oficina de Orientación y Trabajo Psicosocial y/o el Director académico (aplica solo al programa de Bachillerato en Ciencias de Enfermería).
- Presentar dos (2) transcripciones oficiales de créditos de la institución de procedencia, una para la oficina de admisiones y otra para Registraduría.
- Radicar en la Oficina de Admisiones el formulario de solicitud de ingreso debidamente cumplimentado.
- Certificado original de Inmunización P-VAC-3 (estudiantes menores de 21 años).
- Cumplir con el índice de admisión y cualquier otro requerimiento del programa de estudio y/o departamento académico solicitado.
- Efectuar el pago correspondiente por concepto de cuota de admisión.
SOLICITANTES PROVENIENTES DE ESCUELAS SUPERIORES DE ESTADOS UNIDOS Y EXTRANJERAS
NORMAS APLICABLES A PROGRAMAS DE CERTIFICADO Y SUBGRADUADOS
Los estudiantes procedentes de escuelas de los Estados Unidos o del extranjero, deberán someter el expediente académico al Departamento de Educación, Unidad de Estudios de Equivalencia, para que éstos realicen convalidación e indiquen la equivalencia de cursos, según los requisitos del Departamento de Educación Puerto Rico.
Requisitos:
1. Haberse graduado de escuela superior o estudios equivalentes.
2. Presentar prueba documental de haber completado estudios secundarios; (diploma de escuela superior, transcripción oficial o resultados de examen de equivalencia).
3. Presentar un certificado original del Departamento de Educación de Puerto Rico, que evidencie haber completado el equivalente al grado de escuela superior.
4. Tener una entrevista con el personal de la Oficina de Orientación y/o Trabajo Psicosocial y/o el Director académico (aplica solo al programa de Bachillerato en Ciencias de Enfermería).
5. Radicar en la Oficina de Admisiones, el formulario de solicitud de ingreso debidamente cumplimentado.
6. Certificado original de Inmunización P-VAC-3 (estudiantes menores de 21 años).
7. Cumplir con el índice de admisión y cualquier otro requerimiento del programa de estudio y/o departamento académico solicitado.
8. Efectuar el pago correspondiente por concepto de cuota de admisión.
SOLICITANTES PROVENIENTES DE EDUCACIÓN EN EL HOGAR (“HOMESCHOOLING”)
NORMAS APLICABLES A PROGRAMAS DE CERTIFICADO Y SUBGRADUADOS
Los estudiantes que reciben educación en el hogar, deberán acudir a la Unidad de Estudios de Equivalencia, del Departamento de Educación de Puerto Rico.
Requisitos:
1. Presentar equivalencia de estudios, debidamente certificada por el Departamento de Educación de Puerto Rico, de haber completado los requisitos de graduación de escuela superior.
2. Cumplir con el índice de admisión y cualquier otro requerimiento del programa de estudio y/o departamento académico solicitado.
3. Radicar en la Oficina de Admisiones, el formulario de solicitud de ingreso debidamente cumplimentado.
4. Certificado original de Inmunización P-VAC-3 (estudiantes menores de 21 años).
5. Tener una entrevista con el personal de la Oficina de Orientación y Trabajo Psicosocial y/o el Director académico (aplica solo al programa de Bachillerato en Ciencias de Enfermería).
6. Efectuar el pago correspondiente por concepto de cuota de admisión.
ADMISIÓN DE PERSONAS CON LIMITACIONES
La Ley “American with Disabilities Act of 1990” es una ley que ampara los derechos de las personas con limitaciones (conocida por las siglas en inglés A.D.A.). Esta establece un mandato claro de eliminar el discrimen por razón de limitaciones físicas. Esta ley otorga protecciones de derechos civiles y garantiza igualdad de oportunidades para personas con limitaciones en las facilidades públicas, el empleo, el transporte, los servicios proporcionados por gobiernos locales y estatales y en las telecomunicaciones.
La “Accrediting Bureau of Health Education Schools” (ABHES), agencia federal que acredita nuestra Institución, requiere que: “la institución determine que cada prospecto no tiene limitaciones arquitectónicas, o de otro tipo, que puedan prevenir el uso de los conocimientos o destrezas obtenidos en el adiestramiento ofrecido por la institución para una exitosa ejecutoria al completar el adiestramiento.” Antes de matricularse en la Institución, los estudiantes son debidamente informados sobre la filosofía ocupacional de los programas, las oportunidades de colocación en el empleo, la obtención de licencias, según corresponda. Refiérase a las páginas 1 y 2 para los requisitos de admisión y procedimientos a seguir, según la categoría de admisión del solicitante.
SOLICITUD DE RE-ADMISIÓN A LA INSTITUCIÓN
NORMAS APLICABLES A PROGRAMAS DE CERTIFICADO Y SUBGRADUADO
Se considera como estudiante en condición de re-admisión aquel que complete un programa de estudios e interese ingresar a otro.
Requisitos:
1. Cumplir con la Norma de Progreso Académico Satisfactorio.
2. Cumplir con los requisitos de admisión del programa que solicita.
3. Cumplimentar en la Oficina de Admisiones el formulario de solicitud de admisión.
4. Efectuar el pago correspondiente por concepto de cuota de reingreso.
5. Certificado original de Inmunización P-VAC-3 (estudiantes menores de 21 años).
SOLICITUD DE REINGRESO A LA INSTITUCIÓN
NORMAS APLICABLES A PROGRAMAS DE CERTIFICADO
Se considerará un estudiante en condición de reingreso a:
1. el estudiante que cursó previamente estudios en la Institución e interrumpió los mismos un periodo académico o más.
2. el estudiante radicó una baja oficial o fue dado de baja administrativamente e interesa reingresar a la Institución.
Requisitos:
1. Cumplir con la Norma de Progreso Académico Satisfactorio.
2. Cumplir con los requisitos de admisión del programa que solicita.
3. Cumplimentar en la Oficina de Admisiones el formulario de solicitud de admisión.
4. Certificado original de Inmunización P-VAC-3 (estudiantes menores de 21 años).
5. Estudiantes con dos bajas en un mismo programa e interesen matricularse en el mismo podrán considerarse para reingreso, si las mismas han sido por razones extraordinarias: (licencia militar, enfermedad que requiera tratamiento prolongado). Estos casos serán referidos al Comité de Admisiones. El estudiante deberá presentar en la Oficina de Admisiones una carta que especifique detalladamente las razones por las que interrumpió los estudios. Deberá incluir evidencia que sustente sus razones: (carta de activación del servicio selectivo militar, documentación médica, etc.)
Una vez se reciba la documentación, el Comité de Admisiones se reunirá para evaluar la petición y tomar una determinación.
La decisión tomada le será notificada al estudiante por escrito.
ESTUDIANTE TRANSITORIO
NORMAS APLICABLES A PROGRAMAS DE CERTIFICADO Y SUBGRADUADO
El solicitante interesa matricularse en un curso para obtener crédito y/o calificación final por el mismo. Las personas así admitidas pueden, una vez completada la matrícula, asistir a los cursos regulares de la Institución, sin derecho a la obtención de un certificado. Si desea obtener un certificado deberá matricularse como estudiante regular de la Institución. Estudiantes admitidos en este estatus, no cualifican para los Programas de Título IV del Departamento de Educación Federal, Programas de Asistencia Económica Estatal ni Becas Institucionales. Si posteriormente el estudiante considera continuar sus estudios conducentes a un certificado, deberá cumplir con todos los requisitos de admisión a la Institución, según correspondan.
Requisitos:
1. Haberse graduado de escuela superior o estudios equivalentes.
2. Presentar prueba documental de haber completado estudios secundarios; (diploma de escuela superior, transcripción oficial o resultados de examen de equivalencia).
3. Certificado original de Inmunización P-VAC-3 (solicitantes menores de 21 años).
4. Cumplir con el índice de admisión y cualquier otro requerimiento del programa de estudio y/o departamento académico solicitado.
5. Efectuar el pago correspondiente por concepto de cuota de admisión.
POLÍTICA DE ADMISIÓN CONDICIONADA PARA EGRESADOS DEL PROGRAMA DE GRADO ASOCIADO EN ENFERMERÍA.
NORMAS APLICABLES A PROGRAMAS SUBGRADUADOS
Los estudiantes egresados de UNITEC que no cumplan con el índice de admisión requerido de 2.50, pero que su índice fluctúe entre 2.30 a 2.49, se les podrá conceder una admisión condicionada.
1. La admisión estará sujeta a que el estudiante repita cursos del programa de grado asociado hasta obtener el índice mínimo de 2.50.
2. El/los curso(s) deberán ser costeados por el estudiante y no cuentan o cambian su promedio de graduación del GA. “A estos cursos se les considera “deficiencias” o áreas que el estudiante debe reforzar antes de entrar al programa de BA en Enfermería.”
3. La Oficina de Admisiones, le referirá a la Registradora aquellos estudiantes que soliciten admisión al programa cuyo índice de graduación fluctúe entre 2:30 a 2.49.
4. La Registradora es responsable de evaluar el expediente académico del estudiante y recomendar:
a. la cantidad de cursos y/o créditos que deberá repetir y la calificación mínima que deberá obtener el/la estudiante para cumplir con el índice de admisión requerido por el programa.
b. le referirá el caso a el/la director(a) académico. El/la director/a académico evaluará las recomendaciones presentadas por el/la Registrador/a y le recomendará a el/la estudiante, el/los curso(s) que debe tomar, para cumplir con el índice de admisión requerido por el programa.
Procedimiento para reclasificación de nivel académico
*(Bachillerato en Ciencias de Enfermería a Grado Asociado en Enfermería)
Cuando un estudiante ha completado todos los requisitos del programa asociado y continua al bachillerato , pero por alguna razón no puede continuar sus estudios:
El estudiante podrá solicitar una re-clasificación de nivel académico.
La registradora evaluará si cumple con todos los requisitos para graduarse del grado asociado. De ser así:
El estudiante será dado de baja del programa de bachillerato y re-clasificado a grado asociado. Luego de esto podrá solicitar graduación del programa de Grado Asociado en Enfermería.
ESTUDIANTE OYENTE
NORMAS APLICABLES A PROGRAMAS DE CERTIFICADO Y SUBGRADUADO
El solicitante interesa matricularse en un curso, pero no recibir crédito y/o calificación final por el mismo. Las personas así admitidas pueden, una vez completada la matrícula, asistir a los cursos regulares de la Institución. Estudiantes admitidos en este estatus, no cualifican para los Programas de Título IV del Departamento de Educación Federal, Programas de Asistencia Económica Estatal ni Becas Institucionales. Si posteriormente el estudiante considera continuar sus estudios conducentes a un certificado, deberá cumplir con todos los requisitos de admisión a la Institución, según correspondan.
Requisitos:
1. Haberse graduado de escuela superior o estudios equivalentes.
2. Presentar prueba documental de haber completado estudios secundarios; (diploma de escuela superior, transcripción oficial o resultados de examen de equivalencia; “GED”).
3. Certificado original de Inmunización P-VAC-3 (solicitantes menores de 21 años).
4. Cumplir con el índice de admisión y cualquier otro requerimiento del programa de estudio y/o departamento académico solicitado.
5. Efectuar el pago correspondiente por concepto de cuota de admisión.
Política Institucional En Cuanto A Igualdad De Oportunidades
UNITEC garantiza la igualdad de empleo y oportunidades a sus solicitantes y la admisión a estudios de estudiantes tanto en lo que se refiere a oportunidades de estudio como al disfrute de los servicios y programas académicos que se ofrecen. La Institución no excluye de participación, ni niega beneficios, ni discrimina en contra de ninguna persona por razón de edad, raza, sexo, color, nacimiento, origen o condición social, impedimento físico o mental, o por ideas políticas o religiosas.
Cualquier solicitante a admisión a estudio o estudiante, que entienda haya sido objeto de discriminación por las razones anteriormente expuestas, podrá elevar una querella por escrito ante el funcionario designado, a saber: Director(a) de Recursos Humanos de la Institución. El establecimiento y cumplimiento de esta política, así como su publicación, es a tenor con los reglamentos federales para la implantación del Título IX, Enmienda Educacional de 1972, la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973 y la Ley ADA (American with Disabilities Act).
Link sobre Ley ADA (American with Disabilities Act): https://www.ada.gov/
En Universal Technology College of Puerto Rico, Inc., estamos comprometidos con el cumplimiento de la Ley de Rehabilitación Vocacional de 1973, Sección 504 (Acomodo Razonable), y la Ley ADA (American with Disabilities Act) de 1990, las que aseguran que los estudiantes con impedimentos tendrán acceso igual a las oportunidades educativas en la institución. Con el propósito de garantizar la igualdad en el acceso a la educación y los servicios, todo estudiante que requiera un acomodo razonable debido al impacto de su discapacidad y/o limitación, deberá visitar la Oficina de Orientación y Trabajo Psicosocial para la otorgación de los acomodos razonables y otros servicios. El Procedimiento para solicitar Acomodo Razonable es el siguiente:
- Radicación de Solicitud – el estudiante debe radicar la solicitud por escrito y personalmente en la Oficina de Orientación y Trabajo Psico-Social, en los primeros quince (15) días laborables luego de haber comenzado sus cursos. La solicitud se procesará tan pronto el estudiante lo solicite.
- Entrevista – el/la Consejero/a Profesional y/o el/la Trabajador/a Psico-Social entrevistará al estudiante para conocer el diagnóstico médico por el cual se solicita el Acomodo Razonable. En esta entrevista se le orientará sobre los procesos de confidencialidad y documentos necesarios para gestionar el acomodo.
- Evidencia Médica – el estudiante deberá presentar evidencia médica reciente (2 años o menos) especificando sus necesidades, debe incluir: el diagnóstico del impedimento, descripción del nivel de funcionamiento y las necesidades de acomodo. Estos documentos deben ser legibles y con el membrete oficial. Las evaluaciones psicológicas o psiquiátricas deben ser recientes (hasta dos años). Suministrar nombre, dirección y número de teléfono del profesional calificado: (médicos, psicólogos y psiquiatras), que certifican el impedimento.
- Rehabilitación Vocacional- el estudiante que solicite los servicios de Acomodo Razonable deberá traer la certificación del (del /a) Consejero(a) de Rehabilitación Vocacional, si aplica.
El Personal de la Oficina de Orientación y Trabajo Psicosocial junto con el/la Director de Departamento, evaluarán la solicitud para determinar el procedimiento a seguir para el Acomodo Razonable. A solicitud del estudiante, la Orientadora y/o la Trabajadora Psicosocial, prepararán una carta certificándole al profesor que el estudiante tiene una discapacidad y presenta los acomodos razonables requeridos para obtener el aprovechamiento académico esperado. Entre los procesos se encuentra, pero no se limita a:
- Notificar a los profesores sobre el Acomodo Razonable dentro del salón de clases solicitado para cada estudiante (ejemplos: tiempo extendido para tomar exámenes, entregar trabajos, utilizar grabadora u otro equipo de asistencia tecnológica, agrandar letra de los materiales, entre otros).
- Coordinar cambios de salones.
- Asignar anotadores o intérpretes.
- Solicitar pre-matrícula adelantada.
- Otros.
La confidencialidad está garantizada. Es prerrogativa de la Institución solicitar evaluaciones de la condición a través de la sesión académica para la determinar duración del Acomodo Razonable.